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El seguro médico que te piden para tu visado o tu residencia en España

Los seguros de enfermedad de ASISA para extranjería: HEALTH RESIDENTS si tramitas residencia y HEALTH STUDENTS si vienes a estudiar. Te lo cotiza un asesor de INSU, sin coste.

Sin copagos y sin periodos de carencia

En la Garantía Obligatoria de Asistencia Sanitaria: se usa desde el primer día y no pagas un extra por cada consulta o prueba cubierta. Y desde el cuarto asegurado, un 10% de descuento sobre toda la póliza.

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Calcula tu seguro y te llamamos

Cuatro respuestas. Sin precios automáticos: te lo calcula un asesor con la tarifa oficial de ASISA, que va por edad y zona.

¿Para qué trámite lo necesitas?
En una misma póliza caben hasta 10 asegurados.
¿Cuándo naciste?
Revisa la fecha, no parece válida.
La del titular de la póliza. ASISA tarifica por edad.
Ese código postal no corresponde a ninguna provincia española.
El del sitio donde vas a vivir en España. Si aún no lo sabes, puedes dejarlo vacío o poner el de tu universidad o tu centro de trabajo: el asesor lo confirma contigo en la llamada.

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¿A quién le mandamos el precio?

Un asesor te prepara la propuesta por escrito, sin coste y sin compromiso.

La que figura en tu pasaporte. ASISA la pide para emitir la póliza.
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Solo para enviarte la propuesta. No lo cedemos a terceros.
Responsable: INSU Correduría de Seguros Reyna, S.L. (CIF B13860614), correduría inscrita en la DGSFP con la clave J-4246. Finalidad: gestionar tu solicitud y elaborar la propuesta. Legitimación: tu consentimiento y las medidas precontractuales que pides. Destinatario: ASISA, como entidad aseguradora del producto. Puedes ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad en la dirección indicada en la Política de Privacidad, y reclamar ante la AEPD.
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La póliza la emite
Entidad aseguradora inscrita en la DGSFP con la clave C-0461, autorizada para operar en España
Datos protegidos
Asesoría sin coste
INSU, correduría mediadora
Qué es

El seguro de enfermedad que pide tu expediente de extranjería

Para varios visados y autorizaciones de residencia, la normativa española exige acreditar un seguro de enfermedad. Lo que pide la norma es concreto: que esté concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España. ASISA lo está, con la clave C-0461 de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

ASISA tiene dos productos para esto, y los dos están dirigidos a personas sin pasaporte o DNI español: HEALTH RESIDENTS, para quien necesita el seguro obligatorio para solicitar o renovar su permiso de residencia, y HEALTH STUDENTS, para quien necesita obtener un visado por razón de estudios. Las coberturas son las mismas; lo que cambia es la duración de la póliza.

Cobertura completa en España

Urgencias, medicina primaria y especializada, pruebas diagnósticas, hospitalización, cirugía y ambulancia, en el cuadro médico de ASISA para este producto.

IPID del producto

Sin periodos de carencia

No hay que esperar: la cobertura funciona desde que arranca la póliza, no a los treinta ni a los noventa días.

Nota informativa §6.5, literal

Sin copagos

No pagas un extra por cada consulta o prueba cubierta. Es así en la Garantía Obligatoria de Asistencia Sanitaria, que es la que cuenta para el trámite.

Nota informativa §7, literal

Aseguradora autorizada

ASISA, Asistencia Sanitaria Interprovincial de Seguros, S.A.U., inscrita en la DGSFP con la clave C-0461. Es, literalmente, lo que pide la norma.

Ley 14/2013, art. 62.3.e
Los dos productos

Las mismas coberturas, distinta duración

No tienes que elegirlo tú: en el formulario marcas tu trámite y la página te dice cuál encaja. El asesor lo confirma antes de emitir, porque hay un caso en que no es obvio y está dicho abajo.

ASISA HEALTH RESIDENTS

Para trabajo, residencia no lucrativa y reagrupación familiar. Dirigido a quien necesita el seguro de enfermedad obligatorio para solicitar —o renovar— su permiso de residencia en España.

  • Póliza anual, con prórrogas de la misma duración
  • Primera prima con tarjeta; en las prórrogas, domiciliación con opción de fraccionar
  • ASISA puede pedirte la documentación que acredita la obligación de contratarlo
IPID AFR01S0127 · Nota informativa AFR01S0128 §8.1

ASISA HEALTH STUDENTS

Para el visado por razón de estudios. Dirigido a quien viene a cursar un programa de estudios en España y necesita el seguro para el visado.

  • De 2 a 12 meses, la duración se fija al contratar
  • Prima única con tarjeta al firmar
  • No se renueva ni se prorroga: se extingue automáticamente al vencimiento
  • ASISA pide la acreditación oficial del programa de estudios
IPID AFR01S0124 · Nota informativa AFR01S0125 §8.1
El caso que no es obvio: un programa de más de un año. HEALTH STUDENTS llega hasta doce meses y no admite prórroga, así que para un grado o un máster largo el asesor valora HEALTH RESIDENTS, que es anual y se prorroga. Es la clase de detalle que conviene resolver antes de presentar el expediente, no después.

En lo demás son idénticos: sin copagos y sin carencias en la asistencia sanitaria, el mismo cuadro médico, hasta 10 asegurados por contrato, 10% de descuento desde el cuarto asegurado, 14 días de desistimiento en la contratación a distancia y las mismas normas de devolución.

Para qué trámites

Marca tu caso y nosotros ponemos el producto

No hace falta acertar la nomenclatura del expediente. Lo que cambia entre un trámite y otro son las fechas que tiene que cubrir tu póliza, y eso es lo que revisa el asesor contigo.

Estudios · HEALTH STUDENTS

Grado, máster, Erasmus o prácticas. Para la estancia por estudios la norma pide un seguro válido para toda la duración de la estancia prevista, no solo los primeros meses: por eso la duración de la póliza se fija con tu matrícula delante.

Trabajo · HEALTH RESIDENTS

Teletrabajo internacional (nómada digital), cuenta ajena o cuenta propia, y los demás supuestos de la Ley 14/2013, que exige el seguro en su artículo 62.3.e.

Residencia no lucrativa · HEALTH RESIDENTS

Vivir en España sin trabajar, acreditando medios económicos y el seguro de enfermedad.

Reagrupación familiar · HEALTH RESIDENTS

Para que tu familia viva contigo en España. Hasta 10 asegurados en la misma póliza y un 10% de descuento desde el cuarto.

Dos casos que se confunden a menudo. El arraigo exige seguro médico: los artículos 124–130 del RD 1155/2024 no lo mencionan, así que no está en la lista. Y que esto sea un seguro de viaje: la cobertura mínima de 30.000 € que se ve por ahí es del Código de Visados Schengen, para estancias de menos de 90 días, y es otro producto. Si tu caso no está aquí, márcalo como «Mi caso es otro» en el formulario y el asesor lo revisa.
Qué cubre

La Garantía Obligatoria de Asistencia Sanitaria

Es la que cuenta para el expediente y va incluida, igual en RESIDENTS que en STUDENTS. Dentro del cuadro médico de ASISA para el producto eliges libremente profesional y centro en cada especialidad.

Seguro dental

Garantía opcional. Tiene franquicias por tratamiento, que se pagan directamente al proveedor. No hace falta para el trámite.

Indemnización por hospitalización

Garantía opcional y voluntaria. En RESIDENTS se extingue al final de la anualidad en que el asegurado cumple 70 años.

Fallecimiento por accidente

Garantía opcional y voluntaria, con cobertura también en el extranjero. En RESIDENTS, mismo límite de renovación: 70 años.

Los límites, dichos aquí y no en la letra pequeña

Cómo se contrata

Tres pasos, y el precio lo da un asesor

La prima de este producto se calcula por edad y zona geográfica de residencia de cada asegurado, así que no hay un precio único que poner en pantalla. Con tus datos, el asesor te da la cifra en firme.

1 · Rellenas el formulario

Trámite, fecha de nacimiento, nacionalidad y dónde vas a residir. Nada sobre tu salud: eso lo pregunta ASISA al contratar.

2 · Te llama un asesor

Revisa qué fechas tiene que cubrir la póliza para tu expediente y te manda la propuesta por escrito, con la prima en firme.

3 · ASISA emite la póliza

Cuestionario de salud, firma y pago con tarjeta. En RESIDENTS es la primera prima de una póliza anual que se prorroga; en STUDENTS, una prima única por los meses contratados.

¿Prefieres hablarlo antes?

Un asesor revisa tu trámite, te dice qué fechas tiene que cubrir la póliza y te resuelve las dudas antes de que presentes el expediente. Sin coste.

Atención L–V 9:00–19:00 · Sáb 9:00–14:00 (hora de Madrid) · Sin coste
Preguntas frecuentes

Lo que casi siempre se pregunta

ASISA HEALTH RESIDENTS es el producto que ASISA dirige, literalmente, a personas sin pasaporte o DNI español que necesitan el seguro de enfermedad obligatorio para solicitar la residencia en España. ASISA está inscrita en la DGSFP con la clave C-0461, que es exactamente lo que exige la norma: un seguro concertado con «una entidad aseguradora autorizada para operar en España». Dicho esto, quien resuelve tu expediente es la Administración, y cada consulado u oficina de extranjería puede pedir matices propios: por eso el asesor lo revisa contigo antes de nada.
Las normas de contratación son explícitas en los dos productos: el asegurado tiene que ser una persona física sin pasaporte o DNI español. En HEALTH RESIDENTS, alguien que necesite el seguro obligatorio para solicitar o renovar su permiso de residencia; en HEALTH STUDENTS, alguien que necesite obtener un visado por razón de estudios en España. ASISA puede pedirte la documentación que lo acredite —en STUDENTS, la acreditación oficial del programa de estudios— tanto al contratar como en cualquier momento de vigencia, y si no se aporta el contrato se extingue automáticamente. No es un requisito nuestro: es de la aseguradora.
Sin carencias quiere decir que no hay que esperar: la nota informativa dice «no existen periodos de carencia», así que la cobertura funciona desde que arranca la póliza. Sin copagos quiere decir que no pagas un extra por cada consulta o prueba cubierta: «en la Garantía Obligatoria de Asistencia Sanitaria no se aplican copagos». Con una precisión honesta: eso es la asistencia sanitaria, la que cuenta para el trámite. Las garantías opcionales son otra cosa —el seguro dental sí tiene franquicias por tratamiento— y son voluntarias.
La prima se calcula por edad y zona geográfica de residencia de cada asegurado, así que depende de tu caso: por eso te pedimos la fecha de nacimiento y, si ya lo sabes, el código postal. Hay 10% de descuento a partir del cuarto asegurado, aplicable a todos los asegurados de la póliza, en los dos productos. En STUDENTS la prima es única y va por los meses que contrates. La tarifa completa para todas las edades está publicada por ASISA en asisa.es y disponible en sus oficinas; la cifra en firme para tu caso te la da el asesor.
Al contratar rellenas un cuestionario de salud, como prevé el artículo 10 de la Ley de Contrato de Seguro. Lo que queda excluido son las patologías anteriores o presentes al contratar que conocías y no declaraste en ese cuestionario. Ahí está la clave: declararlo todo. Declarar un diagnóstico no te deja fuera automáticamente; ocultarlo sí te puede dejar sin cobertura justo cuando la necesitas.
Depende del producto. HEALTH RESIDENTS es anual, con prórrogas de idéntica duración, salvo que las condiciones particulares digan otra cosa. HEALTH STUDENTS se contrata por un periodo de 2 a 12 meses, con prima única, y no se renueva ni se prorroga: se extingue automáticamente al vencimiento. Lo que importa es que las fechas cuadren con lo que te autoricen —en la estancia por estudios la norma pide que el seguro sea válido para la duración de la estancia prevista—, y si tu programa pasa de doce meses el asesor valora RESIDENTS. Es lo primero que revisa.
Sí, hasta 10 asegurados por contrato. Y a partir del cuarto asegurado ASISA aplica un 10% de descuento sobre toda la póliza, no solo sobre el cuarto. Si sois más de diez, el asesor monta una segunda póliza.
En el cuadro médico de ASISA para este producto, en España, organizado por provincias: por eso te preguntamos el código postal de donde vas a vivir, cuando ya lo sabes. Dentro del cuadro eliges libremente el profesional o centro de cada especialidad, con autorización previa de ASISA en los casos en que se requiera. Fuera de España solo hay cobertura por la garantía de asistencia en viaje, con un límite de 25.000 € por asegurado y viaje.
Las normas de devolución de los dos productos contemplan ese caso, con el mismo texto: se puede solicitar la devolución cuando la póliza todavía no ha entrado en vigor y se presenta una carta oficial del consulado o del ministerio que confirme la denegación del visado o de la autorización de residencia. La devolución se hace a la misma tarjeta con la que se pagó y se tramita en una delegación de ASISA. Si el seguro ya ha comenzado, ASISA no hace devoluciones ni cambios de fechas.
Si el contrato se firma a distancia, tienes 14 días desde que ASISA te entrega la documentación precontractual y contractual para resolverlo y recuperar la prima satisfecha, comunicándolo por escrito de forma que quede constancia. Hay que tenerlo claro junto a lo anterior: fuera de ese derecho, las normas de devolución de ASISA dicen que el producto no es reembolsable una vez el seguro ha comenzado. Si tu caso es el de la denegación del visado, mira la pregunta anterior.